El ajuste mensual de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) es del 4,58% y está en línea con la inflación del mes de junio.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) oficializó este martes la suba del 4,58% para los jubilados y pensionados y los montos de las asignaciones familiares para agosto, en línea con la inflación de junio. La medida fue ratificada mediante las Resoluciones N°389 y N°390/2024 publicadas en el Boletín Oficial.

El organismo previsional estableció que el haber mínimo garantizado vigente a partir del mes de agosto de 2024, será de $225.454,42. Mientras que el haber máximo, será de $1.517.094,80

Al igual que viene sucediendo en los últimos meses, el Gobierno otorgará un bono de $70.000 para jubilados y pensionados que perciben el haber mínimo. De esta manera, con el ingreso extra la jubilación mínima en agosto será de $295.454. En tanto, quienes tengan haberes inferiores a esa cifra tendrán un bono proporcional hasta alcanzarla.

En el documento oficial que lleva la firma del titular del organismo, Mariano de los Heros, también se establecieron las bases imponibles mínima y máxima en $75.933,01 y $2.467.787,04, respectivamente, a partir del período devengado agosto de 2024.

¿Qué determinó el ANSES sobre las asignaciones familiares?

Al mismo tiempo, el organismo determinó que el importe de la Prestación Básica Universal (PBU), aplicable a partir del próximo mes, será de $103.135,11. Mientras que el importe de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) se fijó en la suma de $180.363,54. Con el bono de $70.000, la PUAM ascenderá a $250.363.

En cuanto a la actualización de las asignaciones familiares, se dispuso que desde agosto la Asignación Universal por Hijo (AUH) será de $81.010, mientras que la Asignación por Hijo con Discapacidad se fijó en $263.791 y la Asignación Familiar por Hijo se estipuló en $40.505 para el primer rango de ingresos (hasta $627.230, por grupo familiar).

En el texto reglamentario se determinó que la percepción de un ingreso superior a $1.660.759 por parte de una de las personas integrantes del grupo familiar, «excluye a dicho grupo del cobro de las asignaciones familiares, aun cuando la suma de sus ingresos no supere el límite máximo de ingresos establecido».

Fuente: 0221


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