Tras la reunión con empresarios surgen propuestas, desde Juntos por el Cambio, por la tasa comercial.

El bloque de Juntos por el Cambio elaboró una propuesta, contemplando la crisis económica que afecta a nuestro país, modificando el Art. 5º de la ordenanza Impositiva 2024, Cap. IV “Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene y Verificación por el emplazamiento de estructuras soporte de antenas y equipos complementarios de telecomunicaciones móviles”, el que quedará redactado de la siguiente manera: (…) Tributo calculado por Ingresos Brutos: Fijase como gravamen determinado para la tasa el resultado de las siguientes escalas según alícuotas segmentadas por los ingresos brutos del ejercicio inmediato anterior devengados para las actividades industriales, comerciales y de prestación de obras y/o servicios, en tanto no tengan previsto otro tratamiento en esta ordenanza y cumplimenten los extremos previstos en el artículo 105, apartado I) de la ordenanza Fiscal:

  • Desde $11.379.612,01 hasta $99.999.999,99: 0,50%; 
  • Desde $100.000.000 hasta $499.999.999,99: 0,60%;
  • Mayor a $500.000.000:  0,70%

LA ALÍCUOTA SUBIÓ EL 70%

El bloque opositor analizó el tema y elevó esta propuesta considerando que, desde hace más de una década, el proceso inflacionario castiga al grueso de la población mediante la pérdida del poder adquisitivo del salario, el aumento sostenido de costos de producción y la imprevisibilidad macroeconómica.

Desde Juntos consignan que “en dicho contexto, el costo de los tributos nacionales, provinciales y municipales agrega un factor extra de presión sobre la economía de las personas, las familias y el mundo productivo; y que se estima necesario regular el ejercicio de la potestad fiscal municipal, de forma tal de impedir que sea el contribuyente el que cargue exclusivamente con todo el peso de la crisis”.

Sobre la realidad de la producción, comercios y servicios, puntualizaron que se ha verificado un aumento de la alícuota en la ordenanza Impositiva vigente desde enero de 2024, en relación al mismo ítem de su homóloga vigente durante el ejercicio 2023, superior al 70%, y que el incremento tiene como consecuencia la reducción de la rentabilidad de quienes desarrollan su actividad productiva y comercial en el Distrito, en el contexto de una recesión de la economía con grave afectación a la generación de empleo”.

Y terminan analizando que, “habiendo transcurrido varios meses desde su entrada en vigor, y de acuerdo a lo manifestado públicamente por varios contribuyentes, el impacto de la norma antedicha supera los parámetros económicamente sostenibles”.

De acuerdo al contexto descripto, se estima necesario modificar el Art. 5º de la ordenanza Impositiva vigente, “estableciendo que las alícuotas correspondientes a las categorías uno, dos y tres, previstas para el cálculo del tributo por Ingresos Brutos, se fijen respectivamente en el 0,50%, 0,60% y 0,70%”.


Por Guillermo E. González


InfoBrandsen | info@infobrandsen.com.ar
Seguinos en Instagram | Seguinos en Facebook | Seguinos en Twitter
Unite a nuestros grupos de WhatsApp | Sumate a nuestro canal de WhatsApp

Comentarios Facebook