¿Cómo impactará en las Legislativas de 2025? Conoce las claves del nuevo sistema electoral.

En un paso clave hacia la modernización del sistema electoral argentino, el Gobierno de Javier Milei ha reglamentado la Boleta Única de Papel (BUP). Esta reforma, que fue impulsada por la Ley N° 27.781 sancionada el 1° de octubre de 2024 y promulgada el 18 de octubre último, tiene como objetivo garantizar mayor transparencia y equidad en los procesos electorales del país.

El Decreto 1049/2024, publicado en el Boletín Oficial, establece que la Boleta Única de Papel permitirá incluir toda la oferta electoral en un solo documento, proporcionado por la Autoridad Electoral. “Este sistema representa un avance significativo en términos de transparencia y fortalece la institucionalidad democrática de la República Argentina”, señala el texto oficial. De esta manera, se busca reducir las prácticas que históricamente se han asociado con la complejidad y las irregularidades del sistema de votación tradicional, especialmente en cuanto a la impresión de boletas de distintas agrupaciones.

El nuevo sistema no solo implica un cambio en la modalidad de votación, sino que también establece especificaciones técnicas rigurosas para garantizar que las boletas sean claras, seguras y fáciles de usar para todos los votantes. Según el Decreto, las boletas tendrán un diseño gráfico con varias medidas y elementos de seguridad que aseguren su autenticidad. Las boletas que contengan hasta diez listas tendrán una extensión de 25,98 centímetros de ancho, mientras que las que incluyan más de veinte listas llegarán a los 66,62 centímetros. Además, la boleta contará con un espacio para la firma del presidente de mesa y la identificación de la fecha y tipo de la elección.

Uno de los puntos clave de esta reglamentación es la implementación de márgenes de seguridad en las boletas, lo que evitará cualquier tipo de manipulación o falsificación. Además, las boletas estarán diseñadas de forma que no se pueda identificar de manera directa al votante, resguardando la privacidad del sufragio.

VOTOS VÁLIDOS Y NULOS

Se considerarán válidos aquellos votos en los que la marca del elector sea clara y evidencie su preferencia en una o más categorías. Por otro lado, los votos serán nulos si la boleta contiene marcas ambiguas o datos no autorizados, como inscripciones o imágenes ajenas a la oferta electoral oficial.

La vigencia de esta disposición comenzará de manera inmediata, lo que permitirá que la Autoridad Electoral comience a organizar los procesos logísticos necesarios para la implementación del nuevo sistema en las elecciones legislativas de 2025.

Fuente: Grupo La Provincia


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