Carlos Daniel Elizalde, conocido como el pochoclero de la ciudad de Brandsen, será juzgado en los próximos días por “tentativa de homicidio en concurso real con lesiones leves”, confirmaron fuentes judiciales. Elizalde había sido detenido en 2017 por atacar con un bate de béisbol de madera a los padres de una joven que lo acusó de violarla cuando era menor.

El debate se hará en los días 16, 17, 20, 21 y 22 de septiembre ante el Tribunal en lo Criminal Número 5, con Martín Chiorazzi como fiscal; Maximiliano De Mira como defensor particular y los abogados Alfredo Gascón y Miguel Molina en representación de las víctimas, como particular damnificado.

Una causa con historia

Samanta Nagode fue la primera mujer en denunciar al “Pochoclero de Brandsen” por supuesto abuso sexual.

En diálogo con EL DIA, la joven recordó que el acusado “era conocido de mis padres, la situación comenzó en 1999 y duró tres años. Cuando culminó, comenzó el acoso, con gestos en la calle, insultos. Guardé durante años el secreto, nadie sabía lo que pasaba. Me casé y, sin saberlo, me mudé a tres cuadras de dónde vivía él. Hasta que, en uno de esos encontronazos, mi marido fue testigo y entonces le conté todo y radiqué la denuncia”. Luego de ese incidente, otras dos mujeres se sumaron a la acusación.

Elizalde no irá a juicio por esas denuncias ya que fue sobreseído de los cargos de violación “por haber sido prescripta la acción penal por la alzada”, pero sí se sentará al banquillo por lo que pasó el 16 de abril de 2017 en las inmediaciones de la Estación Comunal de Policía de Brandsen.

Todo comenzó cuando la pareja de Nagode fue a denunciar a Elizalde por amenazas, éste quiso hacer lo mismo y al encontrarse en la seccional se desencadenó el incidente que terminó con los padres de la chica, Gabriela de Gaetano y Sergio Nagode atacados con un bate de béisbol.

La mujer se llevó la peor parte: sufrió un severo traumatismo de cráneo por el que estuvo 24 horas inconsciente.

Elizalde fue apresado en Tres Arroyos, luego de una serie de allanamientos.

En la elevación a juicio, el juez Fernando Mateo consideró que, “a fin de justificar el enclave legal de la figura contra la vida de las personas cabe tener en cuenta particularmente -conforme las probanzas colectadas y antes descriptas- la previa amenaza de muerte, las características y el peso del medio comisivo, la parte vital del cuerpo donde fue dirigido el golpe, las lesiones verificadas y las expectantes, la disparidad de fuerzas, y las conductas precedentes”.

Fuente El Día


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