La Municipalidad de Brandsen informa que a partir del día de la fecha se incorporarán dos nuevas actividades habilitadas de acuerdo a lo establecido por la autoridad provincial.

  • OBRA PRIVADA DE CONSTRUCCIÓN (Decreto 955/2020)
    1.- Deberán adecuarse al protocolo que integra la Resolución 165/2020 Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires.
    2.- Se establecen como horarios para el desarrollo de la actividad los días lunes a sábados de 8hs. a 18hs.

  • SERVICIO DEL PERSONAL AUXILIAR DE CASAS PARTICULARES (Decreto 930/2020)
    La actividad deberá desarrollarse acorde a los siguientes parámetros que fueron recopilados de las recomendaciones de la Unión de Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP):
    1.-Procurar mantener el distanciamiento con los integrantes de la familia contratante de por lo menos dos (2) metros.
    2.-Suprimir cualquier actividad de contacto estrecho salvo para el caso de servicios de asistencia personal.
    3.- Los elementos de protección que debe proveer el empleador/a para ser utilizados dentro del lugar de trabajo son: Alcohol en gel, tapabocas, antiparras o máscara, guantes para limpieza y en caso de realizar tareas de cuidado, guantes descartables. Ropa para trabajar. Elementos de limpieza y desinfección del hogar y personal.
    4.-Uso permanente de tapa bocas, acorde a lo establecido por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires de los integrantes del grupo familiar y los responsables del servicio.
    5.- Mantener de forma constante la ventilación del establecimiento u hogar.
    6.- Procurar no compartir elementos, utensilios y demás materiales comunes.
    7.- No tocarse los ojos, la nariz ni la boca.
    8.- Estornudar y toser en el pliegue del codo.
    9.- Llevar el pelo recogido y las uñas cortas.
    10.- Lavarse frecuentemente las manos.
    11.- Antes, durante y hasta finalizar la alimentación a una persona o de cambiar pañales, se deberán utilizar los siguientes elementos de protección personal: Guantes descartables recién cambiados, tapabocas y antiparras o máscara. La persona a cuidar debe también utilizar tapabocas nuevo o limpio, antiparra o máscara.
    12.- No concurrir con niños al trabajo.
    13.-Utilizar ropa para trasladarse al domicilio del empleador/a y de regreso al domicilio de origen y otra para desarrollar el servicio, esta última deberá ser provista por el empleador.

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